Orden 23/2002, de 2 de enero, por la que se regula la convocatoria y el régimen jurídico de las subvenciones para actividades y material deportivo con destino a asociaciones, clubes, agrupaciones deportivas y AMPAS.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Rango de LeyOrden

En virtud de lo establecido en el artículo 24.21 del Estatuto de Autonomía de Cantabria, la promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio son competencias asumidas por la Comunidad Autónoma.

El ejercicio de dichas competencias corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte que, en tal sentido, apoya la actividad deportiva promovida por las Agrupaciones Deportivas, Clubes y Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos.

Por ello, el Gobierno de Cantabria incluye dentro de la política de subvenciones del año en curso las ayudas a las entidades citadas anteriormente, subvenciones que se otorgarán según lo determinado en la Ley de Presupuestos Generales del Gobierno de Cantabria para el año 2002.

En virtud de lo expuesto y, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas en virtud del artículo 34 de la Ley 2/1.997, de 28 de Abril, de Régimen Jurídico del Gobierno de Cantabria,

DISPONGO

Artículo primero Objeto.

El objeto de la presente Orden es la promoción del deporte base en el ámbito de la Comunidad Autónoma, mediante la concesión de subvenciones para la adquisición de material y la realización de actividades deportivas.

Artículo segundo Beneficiarios.

Podrán solicitar la subvención las entidades deportivas no federativas que estén debidamente inscritas en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de Cantabria y las AMPAS. Quedan excluidas las Escuelas Deportivas Municipales, clubes de remo y peñas bolísticas, cuyo régimen de ayuda se encuentra regulado en órdenes específicas.

Artículo tercero Requisitos de la solicitud.
  1. - El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a partir de la entrada en vigor de la presente Orden.

    Dichas solicitudes, que irán dirigidas al excelentísimo señor consejero de Cultura, Turismo y Deporte, se presentarán en la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte - Pasaje de Peña, 2-1.ª planta (Edificio Simeón), sin perjuicio de lo establecido en el Art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Las solicitudes se realizarán conforme al modelo normalizado que se adjunta como anexo a la presente Orden.

  2. -. Todas las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    2.1.- Programa o memoria de las actividades que se pretenden llevar a efecto, así como los objetivos a alcanzar en cada una de ellas.

    2.2.- Presupuesto detallado de ingresos y gastos.

    2.3.- Cantidad exacta que se solicita.

    2.4.- Certificado del Secretario, donde conste el número de equipos que tiene la Entidad, en sus diferentes categorías y deportes (benjamines, alevines, masculino, femenino, etc.)

    2.5.- Justificación del material a adquirir o gasto a efectuar.

    2.6.- Desplazamientos a realizar por cada equipo en sus competiciones indicando lugar de desplazamiento y kilómetros, sin incluir las categorías propias del Deporte Escolar.

    2.7.- Relación nominal de técnicos que tiene el Club o Asociación, indicando el nivel de los mismos.

    2.8.- Fotocopia del CIF.

    Sin perjuicio de lo establecido, la Dirección General de Deporte podrá solicitar la documentación complementaria que estime oportuno.

    La Dirección General de Deporte...

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