Decreto 35/2004, de 15 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Yacimiento Arqueológico, a favor del Campamento Romano de El Cincho, en La Población, término municipal de Campoo de Yuso.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 23 de abril de 2003, se incoó expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de yacimiento arqueológico a favor del «Campamento romano de El Cincho», en La Población, término municipal de Campoo de Yuso.

Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto la declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de yacimiento arqueológico a favor del «Campamento romano de El Cincho», en La Población , término municipal de Campoo de Yuso, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día de 8 de abril de 2004, dispongo,

Artículo 1 Declarar Bien Interés Cultural, con la categoría de yacimiento arqueológico, a favor del «Campamento romano de El Cincho», en La Población, término municipal de Campoo de Yuso.
Artículo 2 Delimitar el entorno de protección del Bien declarado, que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto
Disposición Adicional Única

Se faculta al excelentísimo señor consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición Final Única

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 15 de abril de 2004.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE CANTABRIA,

Miguel Ángel Revilla Roiz

EL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE,

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR