Orden GAN/41/2013, de 31 de mayo, por la que se aprueban las bases generales y se convocan cuatro becas de formación práctica en el área de la investigación y la transferencia agraria para el año 2013.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

Orden GAN/41/2013, de 31 de mayo, por la que se aprueban las bases generales y se convocan cuatro becas de formación práctica en elárea de la investigación y la transferencia agraria para el año 2013.

La exigencia, cada vez mayor, de conocimientos específicos en el sector agrario de nuestraregión, así como en la utilización de técnicas y recursos que permitan la adquisición del nivelde formación y cualificación requeridos en el campo de la investigación y la transferencia enagricultura, hace necesaria, dentro del marco de actuación de las administraciones públicas,la especialización de titulados universitarios, lo que permitirá una mayor facilidad para su incorporación al mundo laboral y la disponibilidad de una oferta de técnicos especializados eneste ámbito.

Esta actividad debe realizarse por titulados superiores o medios en aquellas disciplinas quetraten materias relacionadas con la actividad agraria y supone una formación para postgraduados.

Por tanto, siendo de interés de esta Consejería el fomento de la formación práctica y lainvestigación en estas áreas, orientadas al conocimiento y difusión de dichas actividades en elcampo de la agricultura, y en virtud de las atribuciones conferidas por la normativa vigente,

DISPONGO

Convocar el presente concurso con la finalidad de adjudicar cuatro becas de formación conarreglo a las bases que figuran a continuación:

Primera.- Objeto.

La consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural convoca cuatro becas o ayudas económicas individuales para titulados universitarios, en régimen de concurrencia competitiva, parala formación práctica y especialización en el campo de la agricultura, con los contenidos técnicos que se describen en la base segunda. Los estudios y trabajos realizados serán propiedadexclusiva de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural.

Segunda.- Campo de especialización y Centro de actividades.

Las becas tendrán por objeto la realización de estudios y trabajos de especialización yformación práctica en el área de la diversificación de las producciones agrarias en Cantabria;especialmente en el campo de la hortofruticultura y sus elaborados, en el de la calidad de losalimentos de origen animal, en los sistemas de producción animal y en el de la socioeconomíaagraria.

Las actividades se desarrollarán dentro de la Dirección General de Desarrollo Rural, en elCentro de Investigación y Formación Agrarias (CIFA) de Muriedas, sin perjuicio de las necesarias salidas al campo derivadas de dicha formación práctica.

Tercera.- Duración y cuantía.

  1. Las becas tendrán una duración máxima de seis meses, y su cuantía total será de hasta 4.800,00 euros brutos anuales, que se percibirán finalizado cada mes a razón de 800,00 eurosbrutos/mes. Sobre este importe se aplicarán las retenciones que correspondan de SeguridadSocial e IRPF, según lo dictado en el Real Decreto 1493/2011.

  2. El período de duración de la beca finalizará como máximo el 31 de diciembre de 2013,pudiendo ser prorrogable por un plazo de doce meses.

  3. La incorporación de los becarios a su actividad se producirá en el plazo máximo de diezdías desde la recepción de la notificación de concesión y siempre con posterioridad al 1 demayo de 2013.

  4. La concesión y disfrute de las becas, dado su carácter formativo y de especialización, nosupondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  5. Las becas concedidas serán incompatibles con cualquier otra beca concedida para elmismo periodo.

    Cuarta.- Solicitantes.

    Podrán solicitar la concesión de las becas aquellos titulados universitarios que cumplan lossiguientes requisitos:

  6. Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la obtención del título y la fecha determinación del plazo de presentación de solicitudes.

  7. Sean españoles o nacionales de un país miembro de la Unión Europea.

  8. No hayan sido separados del servicio de ninguna Administración u Organismo público oprivado como consecuencia de expediente disciplinario.

  9. No hayan sido beneficiarios de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante un periodo total de dos o más años.

  10. No hayan renunciado con anterioridad a alguna beca concedida por la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural.

  11. Acrediten preparación teórica en las materias contenidas en la base segunda. La preparación teórica mínima que deberá acreditarse será la de haber cursado asignaturas relativas alas materias indicadas.

    Quinta.- Solicitudes.

  12. Los solicitantes de las becas...

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