Decreto 45/2013, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión de Museos de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Comunidad Autónoma de Cantabria tiene competencia exclusiva en materia de Museosde interés autonómico en virtud del artículo 24.16 del Estatuto de Autonomía de Cantabria, lacual se materializa en la aprobación de la Ley 5/2001, de 19 de noviembre de 2001, de Museosde Cantabria.

Dicha Ley, en su artículo 32, crea la Comisión de Museos de Cantabria, que es desarrolladaen el Decreto 81/2002 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisiónde Museos de Cantabria, como órgano consultivo del Gobierno de Cantabria en los asuntosrelacionados con el ejercicio de las competencias y atribuciones establecidas en la propia ley.

Al objeto de garantizar la participación de todos los sectores implicados en el Sistema deMuseos de Cantabria, el Decreto 81/2002 establece que dicho órgano asesor se compone de23 miembros. El elevado número de vocales y la falta de previsión de una comisión permanente, comisiones delegadas o grupos de trabajo, ha dificultado notablemente su convocatoriay con ello la tramitación en plazo de los procedimientos administrativos en los que la Comisióndebe intervenir, que en su mayoría se ven afectados por el silencio administrativo positivo. Espor ello que se opta por reducir el número de miembros en aras de una mejor respuesta, definición y gestión de los Museos y colecciones museográficas de Cantabria.

De otro lado, se ha estimado conveniente reconsiderar el régimen jurídico de la citadaComisión de modo que, a la vista de las competencias de la Ley de Museos, se definen susfunciones con mayor detalle, se explicita el régimen de funcionamiento y se prevé la creaciónde grupos de trabajo para el estudio de cuestiones concretas, en los que podrá participar personal externo.

Por ello, se estima conveniente la elaboración de un nuevo texto normativo que sustituyaal anterior Decreto 81/2002.

En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley 6/2002, de 10 dediciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a propuesta del excelentísimo señor Consejero de Educación, Cultura yDeporte y previa deliberación del Gobierno de Cantabria en su reunión del día 11 de julio de2013.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

El objeto del presente Decreto es regular la composición, funciones y normas de actuaciónde la Comisión de Museos de Cantabria, que quedará adscrita a la Consejería competenteen materia museística como órgano consultivo específico del Gobierno de Cantabria en losasuntos relacionados con el ejercicio de las competencias y atribuciones conferidas por la Ley5/2001, de 19 de noviembre de Museos de Cantabria.

Artículo 2 Composición.

La Comisión de Museos de Cantabria estará compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: El Consejero competente en materia cultural.

Vicepresidente: El Director General competente en materia museística.

CVE-2013-10980

Vocales:

  1. Dos directores de museos autonómicos designados a propuesta del Director...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR