Orden PRE/49/2006, de 7 de junio, por la que se regulan las bases y el programa a los que habrán de ajustarse las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso, mediante el sistema de oposición, a plazas pertenecientes a las categorías profesionales de Empleado de Servicios, Ayudante de Oficios (Cocina) y Práctico Especializado Forestal...

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Prsidencia, Ordenacion del Territorio y Urbanismo
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO

Orden PRE/49/2006, de 7 de junio, por la que se regulan las bases y el programa a los que habrán de ajustarse las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso, mediante el sistema de oposición, a plazas pertenecientes a las categorías profesionales de Empleado de Servicios, Ayudante de Oficios (Cocina) y Práctico Especializado Forestal pertenecientes al grupo E-1 de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Los artículos 2 del Decreto 31/2005, de 25 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2005 (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 10, de 1 de abril) y 2 del Decreto 34/2006, de 30 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2006 (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 4, de 31 de marzo) prevén la convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura de plazas vacantes en las categorías profesionales de Empleado de Servicios y Práctico Especializado Forestal, y Empleado de Servicios, Ayudante de Oficios (Cocina) y Práctico Especializado Forestal respectivamente, pertenecientes al grupo E-1 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Por la Disposición Adicional Primera del Decreto 34/2006, de 30 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2006, se establece que se podrán acumular a las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente oferta de empleo público aquellas plazas correspondientes a procesos selectivos de la oferta de empleo público del año 2005 que no se hubiesen ejecutado.

En base a lo anteriormente expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2-c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública ("Boletín Oficial de Cantabria" extraordinario número 4, de 1 de abril de 1993), así como en los artículos 26 y siguientes del VII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria ("Boletín Oficial de Cantabria número 217, de 10 de noviembre de 2004),

DISPONGO

ARTÍCULO PRIMERO Hacer públicas las bases y el programa a los que habrán de ajustarse las convocatorias de las pruebas selectivas de plazas pertenecientes a las categorías profesionales de Empleado de Servicios, Ayudante de Oficios (Cocina) y Práctico Especializado Forestal pertenecientes al grupo E-1 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que quedarán redactados de la siguiente forma:

BASES DE LA CONVOCATORIA

  1. - NORMAS GENERALES.

    1.1. - A las convocatorias de pruebas selectivas en las categorías profesionales de Empleado de Servicios, Ayudante de Oficios (Cocina) y Práctico Especializado Forestal pertenecientes al grupo E-1 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, les será aplicable lo dispuesto en la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública, en las disposiciones reglamentarias correspondientes, en los artículos 26 y siguientes del VII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria ("Boletín Oficial de Cantabria número 217, de 10 de noviembre de 2004) y en las presentes bases.

    1.2. - El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición, cuya realización se ajustará a las siguientes particularidades:

    - La oposición será realizada por todos los aspirantes.

    - La elección de vacantes se efectuará por el orden definitivo de puntuación.

    1.3. - El proceso selectivo estará formada por dos ejercicios, el primero de ellos eliminatorio, que no se llevarán a cabo antes de dos meses desde la publicación de cada convocatoria.

    Primer ejercicio. Eliminatorio:

    Podrá consistir para las categorías profesionales de Empleado de Servicios y Ayudante de Oficios (Cocina) en responder por escrito, en el espacio dejado al efecto, a un cuestionario; o en uno o varios supuestos teórico-prácticos; o en una prueba práctica relacionada con el contenido del programa que para cada categoría profesional se detalla en el Anexo I a esta Orden, según determine el Tribunal.

    Para la categoría profesional de Práctico Especializado Forestal consistirá en una prueba práctica relacionada con el contenido del programa que se detalla en el Anexo I a esta Orden.

    El tiempo para la realización de esta prueba será determinado por el Tribunal en función de la naturaleza de la misma.

    Este ejercicio podrá ser leído ante el Tribunal por el aspirante, cuando la naturaleza del mismo lo haga posible apreciándose fundamentalmente la capacidad y formación general, la precisión y rigor en la exposición y la claridad de ideas.

    Este ejercicio se valorará de 0 a 12 puntos, siendo necesarios 6 para su superación.

    Segundo ejercicio.

    Consistirá en responder por escrito a un test de cuarenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, sobre el contenido del programa que figura como Anexo II a esta Orden.

    El tiempo para la realización de esta prueba será de cuarenta minutos.

    La puntuación que se otorgará a cada respuesta correcta será de 0,2 puntos, restándose de la puntuación total así obtenida, 0,05 puntos por cada respuesta incorrecta. Este ejercicio se valorará de 0 a 8 puntos.

    Si concurrieran al proceso nacionales de otros países y la...

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