Orden HAC/05/2012, de 26 de enero de 2012, por la que se regula el procedimiento para la concertación de operaciones relativas a la deuda de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Empleo
Rango de LeyOrden

El procedimiento para la tramitación de las operaciones de endeudamiento concertadas porla Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, regulado por la OrdenHAC/21/08, de 15 de diciembre, se ha venido aplicando, desde la aprobación de la citada Orden, con un resultado muy positivo hasta fechas recientes. El entorno que ha propiciado estepositivo resultado ha consistido, por un lado, en una, relativamente, pequeña necesidad deendeudamiento anual para financiar los Presupuestos de la Comunidad Autónoma y, por otrolado, en un mercado financiero caracterizado por una considerable liquidez y con unos márgenes bancarios muy reducidos.

Sin embargo, la crisis económica y financiera que venimos sufriendo ha incrementado notablemente el déficit presupuestario y, consecuentemente, la necesidad de endeudamiento y,por otra parte, los mercados financieros han experimentado un estrechamiento considerablede la oferta junto a una elevación de los márgenes aplicados.

Por si fuera poco, como consecuencia del elevado déficit presupuestario y en aplicación delas leyes de estabilidad presupuestaria, el endeudamiento de la Comunidad Autónoma debesometerse a la previa autorización de la Administración General del Estado lo que provoca unamayor rigidez con respecto al calendario de convocatorias para solicitar ofertas de cara a laconcertación de operaciones de endeudamiento.

Todas estas razones han generado una serie de problemas que se han puesto, particularmente, de manifiesto en el ejercicio de 2011 y que exigen la modificación del procedimientode concertación de las operaciones de endeudamiento, a cuyo fin se ha elaborado la presenteOrden.

La presente Orden se dicta al amparo del artículo 92.2 de la Ley de Cantabria, 14/2006, 24de octubre, de Finanzas, que otorga al titular de la Consejería de Economía y Hacienda - enla actualidad de Economía, Hacienda y Empleo- la facultad de establecer los procedimientosa seguir para la contratación y formalización de las operaciones relativas a la Deuda de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Creación de deuda. 1.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 88 de la ley de Cantabria 14/2006, de 24de octubre, de finanzas, la creación de deuda de la Comunidad Autónoma de Cantabria habráde ser...

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