Decreto 4/2010, de 28 de enero, por el que se regula la ordenación general de la Formación Profesional en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía para Cantabria, aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de septiembre,dispone, en su artículo 28.1, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollolegislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 27 y 149.1.30.ª de la Constitución, en la que seatribuye al Estado la facultad de dictar la normativa básica.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, ordenaun sistema integral de Formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficaciay transparencia a las demandas sociales y económicas. En su Título II, artículo 9, determina que laFormación profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeñocualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social,cultural y económica. Además, en su artículo 1, establece como finalidad de dicha Ley que la ofertaformativa sostenida con fondos públicos favorecerá la formación a lo largo de la vida, en el marco delSistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, consolidándose, en consecuencia, la necesaria vinculación entre la Formación profesional inicial y la Formación profesional para el empleo. Asímismo, en su artículo 2.3 d), establece como uno de sus principios básicos, el de la necesaria adecuación de la formación y las cualificaciones a los criterios de la Unión Europea.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece, en su preámbulo, que la Formaciónprofesional comprende un conjunto de ciclos formativos de grado medio y superior que tienen comofinalidad preparar a las alumnas y alumnos para el desempeño cualificado de las diversas profesiones,el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. Además, estableceuna mayor flexibilidad en el acceso a las enseñanzas de Formación profesional para favorecer el aprendizaje a lo largo de la vida a través de un modelo de Formación profesional eficaz y adaptado a las necesidades reales de la ciudadanía. En este sentido, la citada Ley apuesta por la formación permanentede las personas adultas al disponer la formación de carácter modular y favorecer la acreditación parcialacumulable, lo que facilitará a la ciudadanía el diseño de su itinerario formativo.

La Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria, ordena el marco normativo de la Formación profesional en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como delresto de enseñanzas del sistema educativo. El artículo 45 de la citada Ley establece que la Consejeríade Educación adoptará las medidas oportunas para adecuar la oferta pública de Formación profesionalal tejido productivo de Cantabria.

El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de laFormación profesional del sistema educativo, regula la estructura de los nuevos títulos de Formaciónprofesional, que tendrán como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, introduciendouna mayor flexibilidad en la oferta, el acceso, la admisión y la matrícula con el fin de adaptar la formación a las necesidades e intereses personales, y de favorecer el tránsito de la formación al trabajoy viceversa. Además, determina los diversos aspectos que deberán regular las Administraciones educativas, como son la definición de los currículos de los títulos, la organización de la oferta, el accesomediante prueba y las pruebas de obtención de títulos, entre otros.

El Real Decreto 1224/2009 de 17 de julio de reconocimiento de las competencias profesionalesadquiridas por experiencia laboral tiene por objeto establecer el procedimiento y los requisitos para laevaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de laexperiencia laboral o de vías no formales de formación, así como los efectos de esa evaluación y acreditación de competencias.

Para el desarrollo efectivo de la norma es fundamental la función del Consejo de Formación Profesional de Cantabria regulado por Decreto 112/2004 de 26 de octubre que se configura como órganocolegiado consultivo y de participación institucional y social en materia de Formación Profesional.

El presente Decreto tiene por objeto fijar los criterios básicos de la Formación profesional en elsistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Establece los principios generales, modelo y estrategias que se proponen para la Formación Profesional, la oferta de Formación Profesional,el acceso a la misma, el modelo y currículo de las enseñanzas que constituyen el contenido de laFormación profesional, el profesorado, la evaluación y titulación, su relación con otros niveles académicos y con el empleo, orientación y seguimiento del alumno y asimismo establece las bases delfuncionamiento de los centros educativos siempre con pleno respeto a la autonomía de los mismos.

La Formación profesional inicial tiene que proporcionar una formación que permita a la ciudadaníaadaptarse a las modificaciones laborales que pueden presentarse a lo largo de su vida. Por ello, desdela Consejería de Educación se deben mantener canales de comunicación con los sectores económicosy productivos implantados en la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como con los organismosencargados de estudiar la evolución del mercado laboral a corto y medio plazo.

La vinculación de los módulos profesionales de los ciclos formativos de la Formación profesionalinicial con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y por lo tanto asociados a una o varias unidades de competencia, permite una oferta modular flexible y abierta que facilita desarrollaracciones formativas adaptadas a las necesidades de la ciudadanía y a las demandas de los sectoreseconómicos y productivos.

En este sentido, la adaptación de la oferta formativa a las necesidades de la ciudadanía pasa porimplantar una oferta capaz de impartirse tanto en la modalidad presencial como a distancia o semipresencial, de forma que se favorezca su empleabilidad y progreso profesional y personal, así comola competitividad de las empresas y, por consiguiente, la cohesión social.

La movilidad y libre circulación de las personas trabajadoras implica la integración de las enseñanzas de Formación profesional en el marco europeo, y obliga a disponer de unas enseñanzas deFormación profesional en unos niveles de calidad suficientes para garantizar que tanto la ciudadaníacomo las empresas puedan competir en condiciones de éxito.

En este marco europeo se hace necesario que la Formación profesional fomente el trabajo enequipo, el espíritu emprendedor, el conocimiento de idiomas de los países de la Unión Europea, lastecnologías de la información y la comunicación, la prevención de riesgos laborales, la responsabilidadprofesional, la calidad en los procesos productivos y el respeto al medio ambiente.

En virtud de lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Consejería de Educación, con el dictamen del Consejo Escolar de Cantabria y del Consejo de Formación Profesional de Cantabria, oído elConsejo Económico y Social de Cantabria y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobiernoen su reunión del día 28 de enero de 2010.

D I S P O N G O

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 3
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El presente Decreto tiene por objeto regular la ordenación general y las directrices para el desarrollo de la Formación profesional del sistema educativo, así como su relación con la Formación profesional para el empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 2 Objetivos.
  1. En el marco de la Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria y sinperjuicio de las finalidades indicadas en su artículo 46, los objetivos fundamentales de la Formaciónprofesional del sistema educativo de Cantabria son los siguientes:

    1. Responder a las necesidades formativas y profesionales de los diferentes sectores productivosde Cantabria.

    2. Favorecer la experiencia laboral al alumnado en empresas de Cantabria para facilitar su posterior inserción laboral.

    3. Fomentar la innovación didáctica y tecnológica en la Formación profesional de los centros educativos.

    4. Fomentar la mejora del nivel de cualificación de las personas trabajadoras en un contexto deaprendizaje permanente a través del impulso del reconocimiento, evaluación y acreditación de lascompetencias profesionales.

    5. Facilitar al profesorado la actualización de sus competencias profesionales a través de diversasmodalidades de formación.

    6. Favorecer una organización de los centros educativos acorde a los objetivos del presente decreto.

    7. Favorecer la adecuación de estas enseñanzas al marco europeo.

    8. Promover la modernización del sistema en cuanto a recursos didácticos, materiales y humanosadaptándolos a las necesidades de los sectores productivos.

    9. Fomentar el respeto y cuidado del medio ambiente en el ejercicio profesional.

    10. Promover la cultura de la mejora continua en las enseñanzas de Formación profesional, enconsonancia con los sistemas de calidad que se implanten tanto en el ámbito europeo como estatal.

    11. Contribuir a que el alumnado adquiera las capacidades que les permitan desarrollar, aplicar ypotenciar las competencias básicas adquiridas en las etapas anteriores.

    12. Fomentar el...

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