Notificación de la propuesta de resolución del expediente sancionador 68/10/TUR.

Sección4 - Economía y Hacienda
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte

NOTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR Nº68/10/TUR DE 13 DE DICIEMBRE DE 2010.

No habiéndose podido notificar a través del Servicio de Correos a Dña. Patricia FerrandisSánchez como titular de la "Posada Torre de Milano", la propuesta de resolución del expedientesancionador arriba referenciado, se hace público el presente anuncio en cumplimiento de loprevisto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

Expediente nº 68/10/TUR

Establecimiento "POSADA TORRE DE MILANO".

Dª. PATRICIA FERRANDIS SÁNCHEZ

C.I.F. 13917665C

Ruiseñada, s/n

39529 Ruiseñada-COMILLAS

"Visto el expediente sancionador nº 68/10/TUR, instruido contra Doña Patricia FerrandisSánchez, en su calidad de titular del establecimiento "Posada Torre de Milano", como consecuencia de los requerimientos efectuados por esta Dirección General de Turismo, teniendo encuenta los siguientes

  1. - ANTECEDENTES DE HECHO

    PRIMERO.- El 13 de mayo de 2009, se emite informe por la inspección de turismo en laque se constata la existencia de un nuevo servicio prestado por la Posada, concretamente elservicio de restauración (comedor). En el mismo se expone:

    "Habiéndose detectado la existencia de un servicio de comedor, tanto a través de visita deinspección efectuada el 24 de septiembre de 2008, así como de la consulta realizada en la webdel establecimiento, se propone la notificación de un plazo para la aportación de la licencia deapertura municipal que ampare este nuevo servicio, como requisito previo a su autorizaciónpor parte de la D. G. de Turismo."

    SEGUNDO.- El 16 de junio de 2009 se requiere a la posada "Torre de Milano la aportación dela licencia municipal de apertura para la autorización de dicho servicio por parte de la DirecciónGeneral de Turismo.

    TERCERO.- Con fecha 7 de agosto de 2009, se comunica el incumplimiento del plazo otorgado por la Administración para la presentación de la Licencia de apertura del servicio derestauración.

    CVE-2011-884

    CUARTO.- Con fecha 20 de julio de 2010, se acuerda el inicio del expediente sancionadorpor la supuesta comisión de una infracción muy grave, consistente en ofrecer servicios paralos que no tiene autorización así como la utilización de dependencias que no estén habilitadaslegalmente. Dicho acuerdo de inicio es notificado el 9 de agosto.

    QUINTO.- Con fecha 24 de agosto de 2010, se formulan alegaciones por parte de DoñaPatricia Ferrándis Sánchez en las que expone que:

    "El día 12 de febrero tuvimos que cerrar el Spa y tirar el techo abajo y volverlo a hacer poruna filtración que no estaba a la vista, sin que el seguro que tenía entonces asumiera el gasto.

    El día 1 de agosto tuve un problema familiar personal muy grave. Todos estos acontecimientos personales hicieron que tuviera que estar fuera de juego, en la posada porque anímicamente no podía.

    ...nos ha rematado con el incendio ocurrido el 16 de febrero en la Posada -más de...

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