Aprobación definitiva de la Ordenanza de Ficheros de Datos de Carácter Personal.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorAyuntamiento de Astillero

ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE CREAN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER

PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE ASTILLERO

La Ordenanza fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno de fecha de 29 de mayode 2014 y publicada en e BOC nº 113, de fecha 13 de junio de 2014, sin haberse presentadoreclamación alguna.

La presente Ordenanza tiene como finalidad gestionar las distintas materias municipales,dentro de los cauces legales, y proteger los derechos de los ciudadanos en el tratamiento automatizado de datos, determinando las medidas de protección y seguridad en el acceso que serequiere en cada caso, según la naturaleza de los mismos. El artículo 20.1 de la Ley Orgánica15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que lacreación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podránhacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o DiarioOficial correspondiente. Asimismo, el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1.720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido novedades de importancia, destacandola necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado,no automatizado o parcialmente automatizado, y su entrada en vigor obliga a adecuar estosficheros a lo dispuesto en este Reglamento. Por tanto, en el ejercicio de las competencias queeste Ayuntamiento tiene atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 dela mencionada Ley.

DISPOSICIONES GENERALES

Primera.- Creación de ficheros.

Se crean los ficheros incluidos en el ANEXO I de esta Ordenanza, en cumplimiento delartículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 52 del Reglamento de desarrollo. No semodifica ningún fichero de datos de carácter personal, ya que se trata de creación nueva.

Segunda.- Finalidad.

Los datos personales contenidos en los ficheros recogidos en la presente Ordenanza sólopodrán ser utilizados para los fines expresamente previstos.

Tercera.- Régimen jurídico.

Los ficheros que se recogen en los Anexos de esta Ordenanza se regirán, en cuanto a obligaciones, garantías y derechos, por la legislación vigente en la materia, por la normativa propia de desarrollo y por las disposiciones del documento de seguridad y manuales adoptados,y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rangoque les sean aplicables.

Cuarta.- Atribuciones.

Corresponde a la Alcaldía, mediante Resolución, el ejercicio de las facultades relativas a laaprobación y modificación de los documentos de seguridad de los ficheros de datos de carácterpersonal regulados en la presente Ordenanza.

CVE-2014-10881

Quinta.- Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos contenidos en los ficheros regulados en la presente Ordenanza mediante escrito dirigido a la Alcaldía del Ayuntamiento de Astillero, presentado en el Registro General deesta Corporación, sito en Calle San José nº 10 (39610 - Astillero). Todo ello en cumplimientodel artículo 20.2.g) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Sexta.- Transferencias internacionales previstas a terceros países.

En ningún caso se realizan o están previstos tratamientos de datos contenidos en los ficheros regulados en la presente Ordenanza fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Los ficheros regulados en la presente Ordenanza se notificarán a la Agencia Española deProtección de Datos, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de lapresente Ordenanza, en el plazo de treinta días desde la entrada en vigor de la misma, encumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A la entrada en vigor de la presente, queda derogada cualquier disposición o reglamentoque vaya en contra de la presente Ordenanza del Ayuntamiento de Astillero por las que secrean y modifican ficheros de datos de carácter personal.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente al de la publicación completa desu texto en el Boletín Oficial de Cantabria, una vez que haya transcurrido el plazo previsto enel artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Astillero, 21 de julio de 2014.

El alcalde,Carlos Cortina Ceballos.

ANEXO I

ANÁLISIS DE SITUACIÓN EN PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Ayuntamiento de Astillero, Fecha: 7 de febrero de 2014

%thou MÉTODO DE TRABAJO ................................ 04 %thou NORMATIVA APLICABLE ................................ 04 %thou ANÁLISIS DE SITUACIÓNo Identificación General de Ficheros ................................ 06o Ficheros Secretaría ................................ 09o Ficheros Policía Local ................................ 21o Ficheros Cultura y Juventud ................................ 24o Ficheros Urbanismo y vivienda ................................ 35o Ficheros Alcaldía ................................ 39o Ficheros Servicios Sociales ................................ 42o Ficheros Intervención ................................ 49o Ficheros Tesorería ................................ 55o Ficheros ADL ................................ 58o Ficheros Deportes ................................ 64o Ficheros Festejos ................................ 67o Ficheros Medio Ambiente ................................ 68

MÉTODO DE TRABAJO

El presente informe se obtiene de los datos facilitados por el Departamento Informáticodel Ayuntamiento de Astillero, así como del personal de la entidad local, mediante entrevistapersonal sobre Protección de Datos y recogida de información en cuestionarios elaborados atal efecto.

A través de la información recogida se analiza la situación actual y se realizan las oportunas recomendaciones para que el Ayuntamiento mencionado se adecue a las exigencias de lanormativa en materia de protección de datos de carácter personal.

Una vez contrastado este documento, se procederá a la elaboración de toda la documentación necesaria para la completa adecuación del Ayuntamiento de Astillero a la normativavigente.

NORMATIVA APLICABLE

Para facilitar la comprensión de este informe, nos servimos de insertar las referencias legislativas en lo concerniente al tratamiento de los datos personales, que tienen por objeto garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas,en especial el del honor y la intimidad personal y familiar.

- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. En esta ley se establecen todos los derechos de los titulares de los datos, en cuanto a lainformación, a la oposición, al acceso, a la rectificación y a la cancelación de los datos.

El ámbito de aplicación de la Ley, se extiende a "los datos de carácter personal registradosen soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado" (art. 2) De lo que se deduce que losficheros en soporte no informatizado (papel) también son objeto de la normativa.

- RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollode la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

En este RD se establecen tres niveles de seguridad, en función de los datos que se tratan:Nivel Básico: Datos de Carácter Personal.

Nivel Medio: Infracciones Administrativas o Penales, Hacienda Pública, Servicios Financieros.

Nivel Alto: Ideología, Religión, Creencias, Origen Racial, Salud o Vida sexual.

IDENTIFICACIÓN GENERAL DE FICHEROS

RESPONSABLE DE LOS FICHEROS

- Tipo de administración a la que pertenece: LOCAL

- Encuadramiento administrativo del órgano: AYUNTAMIENTO DE ASTILLERO

- CIF: P3900800H

- Domicilio Social: C/ San José, Nº 10

- Localidad: Astillero

- Código Postal: 39610

- Provincia: CANTABRIA / País: ESPAÑA

- Teléfono: 942077000

- Fax: 942077025

- Correo electrónico: astillero@astillero.es

La LOPD define en su artículo 3.b un Fichero como "todo conjunto organizado de datos decarácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento,organización y acceso".

El Ayuntamiento posee datos de carácter personal agrupados en las siguientes Ficheros:

Nombre del Órganoresponsable Nombre del Fichero Observaciones

Padrón de Habitantes Fichero inscrito en la AEPD el 09-02-1995

Registro Entradas y Salidas

Fichero inscrito en la AEPD el09-02-1995.

Se modificará la finalidad elmismo y se ampliara los tipos dedatos recogidosRegistro Municipal de AsociacionesVecinalesExpropiaciones

Contratación

Procesos Sancionadores

Expedientes de responsabilidadPatrimonialCompra y venta de bienes

Juntas de Gobierno Local

Plenos

Inventario de bienes

Cementerio Registro de animales domésticos ypeligrososPolicía Local

Video vigilancia BecasBiblioteca Archivo municipal

Actividades Socioculturales Campamentos, concursos,eventos

Archivo fotográfico Punto de información europea Oficina de información Juvenil Servicio Avanzado de Comunicaciones(SAC)

Difusión de información

Almacén de las artes Demandantes de Vivienda Urbanismo

Urbanismo y vivienda Licencias de aperturas

Licencias de Obras Bodas Civiles Agenda de Contactos

Alcaldía Oficina municipal de información alconsumidorInformación y orientación Apoyo a la unidad familiarconvivenciaAlojamiento Alternativo Prevención e inserción Prestaciones económicas

Educador de calle

Secretaría

Policía Local

Cultura y Juventud

Servicios sociales

Nombre del Órganoresponsable Nombre...

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