Orden UMA/3/2017, de 3 de febrero, por la que se aprueba el Programa de Inspección Ambiental de Cantabria para el año 2017.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social
Rango de LeyOrden

Orden UMA/3/2017, de 3 de febrero, por la que se aprueba el Programade Inspección Ambiental de Cantabria para el año 2017.

Mediante la Orden MED/2/2014, de 20 de enero, la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo se aprobó el Plan de Inspección Ambiental en Cantabria paralas instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada (2014-2020).

El Plan de Inspección Ambiental cumple con las obligaciones de la Directiva de EmisionesIndustriales (Directiva 2010/75/UE) que es traspuesta parcialmente al ordenamiento jurídicoespañol mediante el Texto Refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. Los preceptos de marcado carácter técnico y de desarrollo del anejo 1 de la Ley se han incorporadoen el Reglamento de Emisiones Industriales aprobado mediante Real Decreto 815/2013, de 18de octubre.

En el artículo 23. del Reglamento de Emisiones Industriales se establece la obligación delos órganos competentes de elaborar regularmente programas de inspección ambiental basándose en los planes de inspección, que incluyan la frecuencia de las visitas de inspección a losemplazamientos para los distintos tipos de instalaciones con mayor potencial de contaminacióndebido a su tamaño y a los procesos productivos utilizados.

La Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, en susartículos 41. y 42., y el Decreto de Cantabria 19/2010, de 18 de marzo, por el que se apruebael Reglamento de desarrollo de aquélla, en sus artículos 92. al 95., disponen que la facultadinspectora de las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada corresponde a laConsejería competente en materia de medio ambiente, con el fin de garantizar el cumplimientode las prescripciones legales y de las determinaciones incluidas en los instrumentos de controla los que hace referencia la mencionada Ley.

Una vez superados los tres primeros ejercicios de implantación del Plan de InspecciónAmbiental de Cantabria, es necesario y obligado aprobar un nuevo programa que recoja lasexperiencias derivadas del Programa de inspección Ambiental del año 2016, y haga frente alos retos cotidianos de la actividad inspectora medioambiental.

Por ello, en el marco de lo establecido en el artículo 25.7 del Estatuto de Autonomía paraCantabria, y en virtud del artículo 121. de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, deRégimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO:

Artículo único Se aprueba el Programa de Inspección Ambiental en la Comunidad Autónoma de Cantabria para las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada correspondiente al año 2017, el cual figura como Anexo de la presente Orden.
Disposición final segunda Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial deCantabria.

Santander, 3 de febrero de 2017.

La consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social,

Eva Díaz Tezanos.

CONSEJERIA DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN,

MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA SOCIAL

DIRECCION GENERAL DE MEDIO AMBIENTE

SERVICIO DE IMPACTO Y AUTORIZACIONES AMBIENTALES

Para instalaciones bajo el ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación

Índice

1. Introducción____________________________________________________________2 1.1. Antecedentes _____________________________________________________2 1.2. Vigencia del programa ______________________________________________3 1.3. Recursos _________________________________________________________3 1.4. Normativa ________________________________________________________4 2. Objetivos ______________________________________________________________7 2.1. Objetivo general ___________________________________________________7 2.2. Objetivos específicos _______________________________________________7 3. Inspecciones ___________________________________________________________8 3.1. Clasificación de Inspecciones_________________________________________8 3.2. Resultado de la Evaluación de riesgos__________________________________9 4. Resumen de actuaciones del 2016_________________________________________10 4.1. Seguimiento del Programa de Inspección Ambiental de 2016 _______________10 4.2. Otros objetivos del Programa ________________________________________13 5. Propuesta de actuaciones del Programa de Inspección Ambiental para el año 2017 _13 5.1. Actuaciones de inspecciones programadas _____________________________13 5.2. Actuaciones de mejora propuestas____________________________________14

Anexo: Evaluación de riesgos_________________________________________________ I

Programa de Inspección Ambiental para el año 2017

Programa de Inspección Ambiental para el año 2017

1 Introducción

Mediante la aprobación del Plan de Inspección Ambiental de Cantabria se ha dotado a la ComunidadAutónoma de Cantabria de un instrumento de planificación que ofrece las orientaciones estratégicasgenerales que regulan las inspecciones en materia de medio ambiente de las instalaciones incluidas en elámbito de aplicación del vigente Texto Refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de laContaminación, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre (instalacionesIPPC).

El Plan de Inspección es un documento marco, de vigencia plurianual (2014 - 2020), cuya ejecución sedesarrolla a través de sucesivos Programas de Inspección anuales. Su objeto principal es asegurar que lasinstalaciones de los sectores primario y secundario que generen ruidos, residuos, vertidos o emisiones a laatmósfera se mantengan dentro de los límites establecidos por la normativa medioambiental.

De acuerdo con la experiencia adquirida a lo largo de los años 2014, 2015 y 2016, se procede a aprobar elPrograma de Inspección Ambiental de Cantabria para el año 2017.

1.1.- Antecedentes

La Directiva 2010/75/UE, del Parlamento Europeo y del consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobreemisiones industriales, fue traspuesta parcialmente al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 5/2013,de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados dela Contaminación, y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados. Los preceptos demarcado carácter técnico fueron incorporados al Derecho español en el Reglamento de EmisionesIndustriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, aprobado mediante Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre.La disposición final segunda de la Ley 5/2013 autorizaba al Gobierno para elaborar un texto refundido en elque se integrasen, debidamente regularizadas, aclaradas y armonizadas, las disposiciones en materia deemisiones industriales contenidas en normas con rango de ley. De conformidad con la citada habilitación seha procedido a elaborar el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de laContaminación, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 30.2 del Texto Refundido, el artículo 23.1 del Reglamento deEmisiones Industriales dispone que los órganos competentes para realizar las tareas de inspecciónambiental garantizarán que todas las instalaciones bajo el ámbito de aplicación dichas normas esténcubiertas por un plan de inspección ambiental que considere la totalidad del ámbito territorial en que éstasoperen.

A tal efecto, se aprobó por la Orden MED/2/2014, de 20 de enero, el Plan de Inspección Ambiental deCantabria para las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada (AAI), cuyo objetivo escomprobar el grado de cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos impuestos en lasautorizaciones y evaluaciones ambientales dictadas para aquéllas, así como la detección de actuaciones noautorizadas ni evaluadas, buscando como fin último un elevado nivel de protección del medio ambiente enCantabria, asegurando el desarrollo sostenible.

Por su parte, el artículo 23.3 del citado Reglamento de Emisiones Industriales establece la obligación de losórganos competentes de elaborar regularmente programas de inspección ambiental basándose en losplanes de inspección, que incluyan la frecuencia de las visitas de inspección a los emplazamientos para losdistintos tipos de instalaciones.

Programa de Inspección Ambiental para el año 2017

Para dar continuidad a los Programas de Inspección Ambiental, aprobados mediante las ÓrdenesMED/10/2014, de 6 de junio, MED/7/2015, de 4 de mayo, y UMA/17/2016, de 20 de Mayo, se pretende en elpresente documento definir el Programa de Inspección Ambiental para el año 2017.

1.2 Vigencia del Programa

La vigencia del presente Programa de Inspección Ambiental comprenderá desde febrero de 2017 hasta el finde dicho año. Dados el número de instalaciones que deben ser inspeccionadas y los limitados recursoshumanos con que se cuenta para ello, el Programa podrá extenderse, excepcionalmente, a lo largo delprimer trimestre de 2018.

1.3 Recursos

Las actuaciones en las materias competencia de la Dirección General de Medio Ambiente serán realizadaspor personal funcionario adscrito a la misma. Corresponde al Servicio de Impacto y AutorizacionesAmbientales, a través de la Sección de Autorizaciones e Incentivos Ambientales, la realización directa de lasinspecciones; sin perjuicio de la necesaria coordinación e intervención de todos los departamentos en lasvariables ambientales de su competencia. Para el desarrollo inmediato de este Programa de InspecciónAnual, se encuentran asignados en exclusiva dos inspectores técnicos...

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