Orden UMA/17/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programa de Inspección Ambiental en la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2016.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social
Rango de LeyOrden

Orden UMA/17/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programade Inspección Ambiental en la Comunidad Autónoma de Cantabria parael año 2016.

Mediante la Orden MED/2/2014, de 20 de enero, la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo se aprobó el Plan de Inspección Ambiental en Cantabria paralas instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada (2014-2020).

El Plan de Inspección Ambiental cumple con las obligaciones de la Directiva de EmisionesIndustriales (Directiva 2010/75/UE) que es traspuesta parcialmente al ordenamiento jurídicoespañol mediante la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28de julio, de residuos y suelos contaminados. Los preceptos de marcado carácter técnico y dedesarrollo del anejo 1 de la Ley 16/2002 se han incorporado en el Reglamento de EmisionesIndustriales aprobado por el Real decreto 815/2013, de 18 de octubre.

En el artículo 23. del Reglamento de Emisiones Industriales se establece la obligación delos órganos competentes de elaborar regularmente programas de inspección ambiental basándose en los planes de inspección, que incluyan la frecuencia de las visitas de inspección a losemplazamientos para los distintos tipos de instalaciones con mayor potencial de contaminacióndebido a su tamaño y a los procesos productivos utilizados.

La Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, en susartículos 41. y 42., y el Decreto de Cantabria 9/2010, de 18 de marzo, por el que se apruebasu reglamento de desarrollo, en sus artículos 92. al 95., disponen que la facultad inspectorade las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada corresponde a la Consejeríacompetente en materia de medio ambiente, con el fin de garantizar el cumplimiento de lasprescripciones legales y de las determinaciones incluidas en los instrumentos de control a losque hace referencia la mencionada Ley.

Una vez superados los dos primeros ejercicios de implantación del Plan de Inspección Ambiental de Cantabria, se determina la necesidad de aprobar un nuevo programa que recoja lasexperiencias derivadas del Programa de inspección Ambiental del año 2015, y desarrolle losnuevos retos a los que se enfrenta la actividad de inspección ambiental.

Por ello, en el marco de lo establecido en el artículo 25.7 del Estatuto de Autonomía paraCantabria, y en virtud del artículo 121. de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, deRégimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo único Se aprueba el Programa de Inspección Ambiental en la Comunidad Autónoma de Cantabria para las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada correspondiente al año 2016, el cual figura como Anexo de la presente Orden.
Disposición final Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial deCantabria.

Santander, 20 de mayo de 2016.

La consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social, Eva Díaz Tezanos.

CONSEJERIA DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN,

MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA SOCIAL

DIRECCION GENERAL DE MEDIO AMBIENTE

SERVICIO DE IMPACTO Y AUTORIZACIONES AMBIENTALES

Orden UMA/17/2016, DE 20 DE MAYO. ANEXO

PROGRAMA DE INSPECCIÓN AMBIENTAL PARA EL AÑO 2016

Para instalaciones bajo el ámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de 1 de julio

Índice

  1. Introducción____________________________________________________________2

    1.1. Antecedentes _____________________________________________________2

    1.2. Vigencia del programa ______________________________________________3

    1.3. Recursos _________________________________________________________3

    1.4. Normativa ________________________________________________________4

  2. Objetivos ______________________________________________________________7

    2.1. Objetivo general ___________________________________________________7

    2.2. Objetivos específicos _______________________________________________7

  3. Inspecciones ___________________________________________________________8

    3.1. Clasificación de Inspecciones_________________________________________8

    3.2. Resultado de la Evaluación de riesgos__________________________________9

  4. Resumen de actuaciones del 2015_________________________________________10

    4.1. Seguimiento del Programa de Inspección Ambiental de 2015 _______________10

    4.2. Otros objetivos del Programa ________________________________________12

  5. Propuesta de actuaciones del Programa de Inspección Ambiental para el año 2016 _13

    5.1. Actuaciones de inspecciones programadas _____________________________13

    5.2. Actuaciones de mejora propuestas____________________________________14

    Programa de Inspección Ambiental para el año 2016

    1 Introducción

    Mediante la aprobación del Plan de Inspección Ambiental de Cantabria se ha dotado a la ComunidadAutónoma de Cantabria de un instrumento de planificación que ofrece las orientaciones estratégicasgenerales que regulan las inspecciones en materia de medio ambiente de las instalaciones incluidas en elámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación(instalaciones IPPC).

    El Plan de Inspección es un documento marco, de vigencia plurianual (2014 - 2020), cuya ejecución sedesarrolla a través de sucesivos programas de inspección ambiental anuales. Su objeto principal esasegurar que las instalaciones de los sectores primario y secundario que generen ruidos, residuos, vertidoso emisiones a la atmósfera se mantengan dentro de los límites establecidos por la normativamedioambiental.

    De acuerdo con la experiencia adquirida a lo largo de los años 2014 y 2015, se procede a aprobar elPrograma de Inspección Ambiental de Cantabria para el año 2016.

    1.1.- Antecedentes

    La Directiva 2010/75/UE, del Parlamento Europeo y del consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobreemisiones industriales, fue traspuesta parcialmente al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 5/2013,de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados dela Contaminación, y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados. Los preceptos demarcado carácter técnico fueron incorporados al Derecho español en el Reglamento de EmisionesIndustriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, aprobado mediante Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre.

    En cumplimiento de lo previsto en el artículo 29.2 de la Ley 16/2002, el artículo 23.1 del citado Reglamentodispone que los órganos competentes para realizar las tareas de inspección ambiental garantizarán quetodas las instalaciones bajo el ámbito de aplicación dichas normas estén cubiertas por un plan de inspecciónambiental que considere la totalidad del ámbito territorial en que éstas operen.

    A tal efecto, se aprobó por la Orden MED/2/2014, de 20 de enero, el Plan de Inspección Ambiental deCantabria para las instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada (AAI), cuyo objetivo escomprobar el grado de cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos impuestos en lasautorizaciones y evaluaciones ambientales dictadas para aquéllas, así como la detección de actuaciones noautorizadas ni evaluadas, buscando como fin último un elevado nivel de protección del medio ambiente enCantabria, asegurando el desarrollo sostenible.

    Por su parte, el artículo 23.3 del mismo Reglamento de Emisiones Industriales y de desarrollo de la Ley16/2002 establece la obligación de los órganos competentes de elaborar regularmente programas deinspección ambiental basándose en los planes de inspección, que incluyan la frecuencia de las visitas deinspección a los emplazamientos para los distintos tipos de instalaciones.

    Para dar continuidad a los Programas de Inspección Ambiental, aprobados mediante las ÓrdenesMED/10/2014, de 6 de junio, y MED/7/2015, de 4 de mayo, se pretende en el presente documento definir elPrograma de Inspección Ambiental para el año 2016.

    Programa de Inspección Ambiental para el año 2016

    1.2 Vigencia del Programa de Inspección Ambiental

    La vigencia del presente Programa de Inspección Ambiental comprenderá desde mayo de 2016 hasta el finde dicho año. Dado el ya avanzado momento del inicio, el número de instalaciones que deben serinspeccionadas y los limitados recursos humanos con que se cuenta para ello, el Programa podráextenderse, excepcionalmente, a lo largo del primer trimestre de 2017.

    1.3 Recursos

    Las actuaciones en las materias competencia de la Dirección General de Medio Ambiente serán realizadaspor personal funcionario adscrito a la misma. Corresponde al Servicio de Impacto y AutorizacionesAmbientales, a través de la Sección de Autorizaciones e Incentivos Ambientales, la realización directa de lasinspecciones; sin perjuicio de la necesaria coordinación e intervención de todos los departamentos en lasvariables ambientales de su competencia. Para el desarrollo inmediato de este Programa de InspecciónAnual, se encuentran asignados en exclusiva dos inspectores, técnicos medioambientales (el doble que paraprogramas anteriores); quienes disponen al efecto, además de con los medios informáticos adecuados, conun vehículo todoterreno y con modernos equipos de protección individual, proporcionados todos ellos por laAdministración autonómica. De igual manera, se cuenta con la colaboración directa de dos agentesmedioambientales dedicados a efectuar controles periódicos de vertidos, mediante las tomas de muestrasque se precisen; así como con el apoyo de los laboratorios...

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