Consejo de Gobierno .- Decreto 113/2008, de 13 noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.
Fecha de Entrada en Vigor | 25 de Noviembre de 2008 |
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana |
Rango de Ley | Decreto |
CONSEJO DE GOBIERNO
Decreto 113/2008, de 13 noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.
El texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, establece en su artículo 40.2 que las sanciones impuestas por infracciones muy graves, en materia de prevención de riesgos laborales, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente.
Este desarrollo reglamentario, cuya competencia se atribuye al Estado al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.7ª de la Constitución Española, se ha producido con el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.
El citado Real Decreto contiene las normas reglamentarias necesarias para la aplicación práctica de la publicidad de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, si bien algunos aspectos organizativos pueden ser regulados por las Comunidades Autónomas en ejecución de la competencia de organización de sus instituciones de autogobierno que le atribuye la Constitución Española en su artículo 148.1.1.
De conformidad con el artículo 26.11 del Estatuto de Autonomía, corresponde a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en materia laboral. Mediante Real Decreto 1.902/1996, de 2 de agosto, la Comunidad Autónoma asumió, dentro de su ámbito territorial, las funciones y servicios que en materia de prevención de riesgos laborales venía ejerciendo la Administración del Estado.
El Decreto 149/2005, de 1 de diciembre, distribuye, en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma, las competencias sancionadoras en materia de infracciones en el orden social, y particularmente en lo relativo a la prevención de riesgos laborales, atribuyendo la competencia para sancionar estas infracciones a los diferentes órganos de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico, así como, en su caso, al Consejo de Gobierno, según la...
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