Decreto 41/2016, de 21 de julio, por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Europea del Atlántico.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece, en su artículo 6.5 que las universidades privadas se regirán por la citada Ley Orgánica y por las normas quedicten el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus competencias, por laLey de su reconocimiento y por sus propias normas de organización y funcionamiento. A lasuniversidades privadas también les serán de aplicación las normas correspondientes a la clasede personalidad jurídica adoptada.
Las normas de organización y funcionamiento de las niversidades privadas serán elaboradas y aprobadas por ellas mismas, con sujeción, en todo caso, a los principios constitucionalesy con garantía efectiva del principio de libertad académica manifestada en las libertades decátedra, de investigación y de estudio. El régimen de su aprobación será el previsto para lasuniversidades públicas. Es decir, previo su control de legalidad, las normas de organización yfuncionamiento son aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, segúndispone el artículo 6.2 de la citada Ley Orgánica.
Mediante Ley 5/2013, de 5 de julio, se reconoce como universidad privada a la UniversidadEuropea del Atlántico. El artículo 2 de la misma dispone que ésta se regirá por la Ley Orgánica6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y por las normas que dicten el Estado y la Comunidad Autónoma de Cantabria en el ejercicio de sus competencias, por la presente Ley, porsus normas de organización y funcionamiento, así como por las normas correspondientes a laclase de personalidad jurídica adoptada.
De conformidad con lo expuesto, mediante Decreto 22/2015, de 16 de abril, se aprobaron las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Europea del Atlántico. Elartículo 19.2.o) atribuye al Patronato la competencia de aprobar, interpretar y modificar lasNormas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Europea del Atlántico, de acuerdocon la legislación aplicable.
Habiendo solicitado la Universidad Europea del Atlántico la modificación de las Normas deOrganización y Funcionamiento de la Universidad Europea del Atlántico y habiendo aportadoel certificado del Acuerdo del Patronato de la Universidad Europea del Atlántico, cumplidos lostrámites oportunos, ha remitido propuesta junto con un texto refundido de las mismas parael previo control de legalidad y aprobación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En su virtud, a propuesta de la consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambientey Política Social, previo informe de la Dirección General del Servicio Jurídico, en el ejercicio delas competencias previstas en el artículo 18 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de RégimenJurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y previadeliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del 21 de julio de 2016,
DISPONGO
Se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Europea delAtlántico cuyo texto se contiene en el Anexo que acompaña al presente decreto.
CVE-2016-6895
Queda derogado el Decreto 22/2015, de 16 de abril, por el que se aprueban las Normas deOrganización y Funcionamiento de la Universidad Europea del Atlántico.
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficialde Cantabria.
Santander, 21 de julio de 2016.
El presidente del Consejo de Gobierno,
Miguel Ángel Revilla Roiz.
La consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social,
Eva Díaz Tezanos.
ANEXO
NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DEL ATLÁNTICO
INDICE
TÍTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES
CompetenciasSECCIÓN 2ª: El Consejo RectorArtículo 20. Naturaleza.
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