Decreto 147/2015, de 15 de octubre, por el que se regula el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
ÍNDICE
El artículo 148.1.18 de la Constitución Española, así como el artículo 24.20 del Estatuto deAutonomía de Cantabria, aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, otorgan ala Comunidad Autónoma de Cantabria, la competencia exclusiva en materia de promoción yordenación del turismo en su ámbito competencial. En uso de la citada competencia fue aprobada la Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria, en cuyo artículo19 se crea el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria como registro público adscrito a la Dirección General competente en materia de turismo en el que se inscribirán todaslas empresas que desarrollen actividades turísticas reglamentadas, definidas en el artículo 15,pudiendo igualmente inscribirse, de forma voluntaria, aquellas otras empresas cuya actividadguarde una relación directa o indirecta con el turismo.
En desarrollo del citado precepto legal, por medio del presente Decreto se completa laregulación del Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria determinando su contenido, estructura y régimen de funcionamiento. Todo ello con el fin de arbitrar un instrumentoque permita disponer de un censo actualizado de las empresas y actividades turísticas desarrolladas en Cantabria, que a la vez facilite el acceso e intercambio de información con otrasadministraciones públicas con competencias en materia de turismo, mejorando con ello lacooperación y coordinación interadministrativa.
En virtud de lo expuesto, a propuesta del consejero de Innovación, Industria, Turismo yComercio, de acuerdo con el Dictamen del Consejo de Estado y previa deliberación del Consejode Gobierno de Cantabria en su reunión del día 15 de octubre de 2015,
DISPONGO
El presente Decreto tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 19de la Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria.
CVE-2015-12022
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El Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria es un registro de naturalezaadministrativa, de carácter público y gratuito. 3. El Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria se adscribe a la Dirección General competente en materia de turismo, órgano administrativo responsable de su gestión.
El Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria se realizará en soporte informáticoa través de un libro estructurado en las siguientes secciones: 1. Sección de alojamiento turístico:
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Establecimientos hoteleros.
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Establecimientos de alojamiento turístico extrahotelero.
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Establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural.
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Campamentos de turismo.
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Albergues turísticos.
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Otros establecimientos de alojamiento turístico. 2. Sección de intermediación turística:
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Agencias de viajes.
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Organizadores profesionales de congresos.
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Centrales de reservas.
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Otras...
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