Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Comportamientos Antisociales.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorAyuntamiento de Pielagos

Adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Piélagos, en sesión celebrada el 8 de julio de2014, acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora sobre Protección de Convivencia Ciudadana y Prevención de Comportamientos Antisociales, suprimiéndose el apartado 4) del artículo 22, y finalizado el período de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones y sugerencias, tal y como establece el art. 49 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, de bases de Régimen Local, el acuerdo, hasta entonces provisional, se eleva adefinitivo y se procede a la publicación del artículo 22 de citada Ordenanza, entrando en vigorde conformidad con lo regulado en el art. 70-2 en relación con el 65-2 de la Ley 7/1.985, de 2de abril, de Bases de Régimen Local.

Contra la aprobación de la modificación de la Ordenanza podrá interponerse, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contenciosos del Tribunal Superior de Justicia deCantabria, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguientes al de la publicacióndel presente anuncio en el Boletín oficial de Cantabria, o de seis meses si la resolución fuerepresunta.

ARTÍCULO 22

DE LA ORDENANZA REGULADORA SOBRE PROTECCIÓN.

DE LA CONVIVENCIA CIUDADANA Y PREVENCIÓN DE COMPORTAMIENTOS ANTISOCIALES

Artículo 22 Establecimientos públicos

1) Los propietarios o titulares de establecimientos de pública concurrencia, además de laobservancia de todas las disposiciones que sean de aplicación, procurarán evitar actos incívicos o molestos producidos por sus clientes, tanto a la entrada o salida de los locales como ensu interior.

2) Cuando no puedan evitar tales conductas con sus propios medios, deberán avisar a losCuerpos y Fuerzas de Seguridad para mantener el orden y la convivencia ciudadana colaborando en todo momento con los agentes que intervengan.

3) Los titulares de quioscos y...

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