Publicación del fallo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 7 de marzo de 2013, en relación con la Ordenanza Fiscal número 33, reguladora de la Tasa por Utilización Privativa y Aprovechamientos Especiales constituidos en el Suelo, Subsuelo o Vuelo de la Vía Pública a favor de Empresas Explotadoras de Servicios de Telefonía Móvil.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorAyuntamiento de los Corrales de Buelna

En virtud de lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el art. 72.2 de la citada Ley,se procede a publicar el fallo de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Cantabria, de fecha 7 de marzo de 2013, dictada en el Procedimiento Ordinario 362/2011(sentencia número 000163/2013).

Mediante la misma se declara la nulidad de la Ordenanza Fiscal número 33 reguladora de latasa por utilización privativa y aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsueloo vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil,aprobada por el pleno municipal de 27 de enero de 2011 y publicada en el BOC de 10 de marzode 2011.

ANEXO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sentencia número 000163/2013

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Losada Armadá .

Iltmos. Sres. Magistrados:

Doña Clara Penín Alegre

Doña María Josefa Artaza BilbaoDoña Esther Castanedo GarcíaDon Juan Piqueras VallsSantander,7 de marzo de 2013.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabriaha visto el recurso número 362/2011 formulado por Vodafone España S. A. representadapor el procurador de los tribunales don Dionisio Mantilla Rodríguez y defendida por el letradodon Javier Viloria Gutiérrez contra el AYUNTAMIENTO DE LOS CORRALES DE BUELNA representadopor el procurador de los tribunales don Ángel Vaquero García con la asistencia jurídica del letrado don Casto de Castro Díaz.

La cuantía del recurso es indeterminada.

Es ponente el presidente don Rafael Losada Armadá, quien expresa el parecer de la...

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