Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de Pastos.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Concejo Abierto de Rucandio de Bricia |
Por resolución del Consejero de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, de fecha 9 de octubrede 2013, se aprueba el Proyecto de Ordenanza citada. De conformidad con lo establecido enlos artículos 40 y 70.2 de la Ley 7/85 reguladoras de las Bases de Régimen Local y una vezrecibida la conformidad de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, por la presente se procede ala publicación del texto íntegro.
Rucandio de Bricia, 16 de febrero de 2018.
La alcaldesa pedánea,
María Nieves Saiz Montejo.
CVE-2018-1568
PROYECTO DE ORDENANZA DE PASTOS PARA LA ENTIDAD LOCAL DERUCANDIO (AYUNTAMIENTO DE VALDERREDIBLE)
El objeto de la presente Ordenanza es regular el aprovechamiento y explotaciónracional de montes y pastos públicos o comunales, de forma acorde con los usosactuales y la legislación vigente en esta materia.
ART.1.- ÁMBITO PERSONAL
Tienen derecho al aprovechamiento de estos pastos: 1. Los vecinos de la Entidad que ostenta el dominio de los montes y pastos públicos ocomunales, entendiéndose que son vecinos los empadronados en el Ayuntamiento deVALDERREDIBLE (dentro del pueblo de RUCANDIO), que además cumplan con lossiguientes requisitos:
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Ser titular de explotación ganadera inscrita en el Registro general deexplotaciones ganaderas (REGA). b) Permanencia en el pueblo durante al menos 183 días al año.
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Ser titular de explotación, dedicándose a la actividad agraria, aunque no seacomo actividad principal. d) Haber cumplido los programas establecidos por la Consejería de Ganadería,Pesca y Desarrollo Rural en materia de sanidad animal y sistemas de explotación ymanejo de animales.
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El titular del derecho de explotación, en caso de pastos sobrantes, cuando su uso oaprovechamiento haya sido adjudicado por la entidad propietaria de conformidad conla normativa de régimen local y con la normativa sectorial de montes caso de tratarsede un monte catalogado.
ART.2.- ÁMBITO TERRITORIAL
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La presente reglamentación se aplicará a todos los terrenos de titularidad públicade la Entidad, tal y como constan en el inventario municipal.
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La Entidad Local de RUCANDIO es propietaria del monte CUP Nº 288 con unasuperficie de .....ha.
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Estos terrenos se han venido considerando zonas de pastoreo en régimen común,en los cuales estacionalmente y de acuerdo con el derecho consuetudinario sehan aprovechado los pastos por el ganado.
ART.3.- GANADO
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No se permitirá la entrada al pasto de animales bovinos, ovinos o caprinos quepertenezcan a explotaciones ganaderas sin la calificación sanitaria o lasvacunaciones obligatorias que establezca la Dirección General de Ganadería,circunstancia que acreditará el propietario con la presentación de lacorrespondiente autorización sanitaria o documento de movimiento facilitadopor los servicios veterinarios oficiales.
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El ganado bovino, ovino o caprino, que concurra a los pastos, regulado por estaOrdenanza, estará debidamente identificado de acuerdo con la legislaciónvigente. Se acreditará la propiedad del mismo mediante la pertinente inscripciónen el libro-registro de explotación que se presentará correctamentecumplimentado y actualizado. Además, para el ganado bovino, también seráobligatoria la posesión de los documentos de identificación bovino (DIB)
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En el caso de equinos, se procederá a su identificación mediante alguno de losmétodos autorizados por la normativa vigente y su propiedad se acreditarámediante el documento de identificación de equino (DIE).
ART.4.- RÉGIMEN DE EXPLOTACIÓN
La explotación y aprovechamiento se...
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