Anuncio de enajenación mediante adjudicación directa de finca en Santander.

Sección4 - Economía y Hacienda
EmisorAyuntamiento de Pielagos
Rango de LeyAnuncio

Visto el acuerdo de la mesa de subasta celebrada el día 4 de diciembre de 2013 en procedimiento de apremio seguido por la Recaudación Municipal, al obligado al pago Aparthoteles Caledonia SA, CIF A38099768, domiciliado en Santander calle Vargas, 55 A Entlo., CP. 39010 enla que no se ha adjudicado el lote único descrito posteriormente, quedó en dicho acto abiertoel trámite de adjudicación directa de dicho lote por el plazo que se considere conveniente conel límite de seis meses, admitiéndose ofertas con sujeción a tipo por haberse celebrado la subasta con una licitación.

Conforme a lo previsto por el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación, dispongo se proceda a la realización de las gestiones conducentes a la adjudicación directa delbien o lote en las mejores condiciones económicas utilizando los medios que considere máságiles y efectivos.

Al haberse celebrado dos licitaciones en la subasta no habrá precio mínimo; no obstante sila mesa de subasta estimase desproporcionada la diferencia entre el valor asignado a los bienes o lotes por tasación y el precio ofrecido por cualquier persona interesada, con el fin de nofavorecer el enriquecimiento injusto del comprador en detrimento del propietario de los bienes,podría declarar inadmisible la oferta, no accediendo a la formalización de la venta.

Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en la Oficina de Recaudación, sita en el Ayuntamiento de Piélagos, en horas de 8:30 a 14:00, hasta el jueves, día 5 de junio de 2014.

El sobre debe contener escrito firmado por el ofertante o representante con poder suficientey bastante, en el que debidamente identificado, se indique el precio de la oferta para la adjudicación directa del lote al que desee optar.

No se exige depósito previo.

En función de las ofertas presentadas se formulará, en su caso, propuesta de adjudicación,que se formalizará mediante acta. Los bienes serán entregados al adjudicatario una vez hayasido hecho efectivo el importe procedente.

Transcurrido el plazo máximo de seis meses sin haberse dictado acuerdo de adjudicación,se dará por concluido dicho trámite, iniciándose los trámites de adjudicación de los bienes oderechos no adjudicados al Ayuntamiento acreedor conforme a los artículos 108 y 109 delReglamento General de Recaudación. No obstante, se adjudicará el bien o derecho a cualquierinteresado que satisfaga el importe del tipo de la...

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